Certificado Único de Discapacidad (CUD)

¿Qué es un Certificado Único de Discapacidad C.U.D?

Es un documento oficial emitido por autoridades de salud, que certifica la discapacidad de una persona.

Este documento es fundamental para acceder a una serie de derechos, servicios y prestaciones destinados a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad previstas en las Leyes Nacionales Nº 22.431 y Nº 24.901.

¿Cómo es el trámite?

El trámite es voluntario y gratuito.

Debés acercarte a tu médico para que complete la información de tu situación de salud y luego se debe asistir a una evaluación interdisciplinaria en la que los profesionales deciden la emisión o no del CUD, de acuerdo a las normativas vigentes de certificación de discapacidad.


¿Dónde se tramita?

La gestión varía según la localidad de acuerdo al domicilio que figura en el DNI de la personas. Recomendamos consultar los siguientes links para averiguar el suyo:

https://www.argentina.gob.ar/como-obtener-el-certificado-unico-de-discapacidad-cud

https://www.argentina.gob.ar/cud/consulta-de-requisitos-para-tramitar-el-cud


¿Para qué me sirve el Certificado Único de Discapacidad?

El Certificado de Discapacidad es un Documento Público que brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Derechos establecidos en la legislación vigente:

  • Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
  • Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
  • Asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por conyugue con discapacidad.
  • Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
  • Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades. 

Es importante remarcar que en algunos casos, luego de haber obtenido el CUD, para poder acceder a estas prestaciones hay que realizar otros trámites.

¿Existe una versión digital del Certificado Único de Discapacidad?

Según la Resolución 2008/2021 habilita el Certificado Único de Discapacidad (CUD) en formato digital, que tiene la misma validez que el documento físico. En su primer artículo, esta publicación específica: 

ARTÍCULO 1.- Apruébese el Certificado Único de Discapacidad (CUD) en formato digital, el cual será complementario al documento físico y tendrá la misma validez legal, vigencia y eficacia.

El CUD digital entró en vigencia el 2 de diciembre del 2021 y puede descargarse en la app «Mi Argentina» o del mismo sitio web. Además, contiene un código QR que, al escanearlo, se accede al sistema de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) con los datos completos del CUD para fiscalizar.


¿El Certificado de Discapacidad indica el Grado de Discapacidad o Incapacidad?

No, el Certificado de Discapacidad no acredita el grado por incapacidad. Como su nombre lo indica, es un documento que acredita que la persona tiene una discapacidad y el Estado Nacional debe velar por los beneficios que el mismo le concede.


¿El Certificado de Discapacidad tiene vencimiento?

Según la Resolución 322/2023 publicada en el Boletín Oficial el pasado viernes 6 de marzo, por parte de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) estableció que los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) se otorgarán sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, tanto en su versión física como digital.

Es decir, ésta nueva resolución propone un cambio de modalidad ya que no habrá que renovar el CUD sino sólo actualizarlo. 

La resolución informa que junto a la emisión sin vencimiento, el Estado se encargará de acompañar a las personas que posean el CUD con instancias de actualización de la información con una periodicidad de entre 5 y 15 años. Los tiempos de estas actualizaciones obligatorias estarán indicados en el mismo CUD. En todos los casos, se realizará desde la certificación inicial (o de la instancia de actualización) mediante un contacto y acercamiento fehaciente. Podés conocer los detalles de este nuevo sistema en el anexo a la resolución. 


Más información

Si deseás obtener más información sobre el CUD o alguna otra gestión podés escribirnos a info@adm.org.ar o vía whatsapp (+54 9 11 5663-7468) con una breve descripción así sabemos cómo acompañarte mejor.

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